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Programa “Bono PYME”

ÁMBITO Estatal

ORGANISMO Ministerio de para la Transformación Digital y de la Función Pública

MODALIDAD Concurrencia no competitiva Régimen de minimis

OBJETO

Mejorar la conectividad de las PYME mediante la adopción de soluciones de acceso a Internet de banda ancha y de servicios asociados a la misma

BENEFICIARIOS

Pequeñas empresas y microempresas de 0 a menos de 50 trabajadores y las personas en situación de autoempleo

No podrán ser beneficiarios:

  • Los agentes digitalizadores adheridos al programa Kit Digital
  • Personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores
  • Uniones temporales de empresas (UTES)
  • Empresas de naturaleza pública
  • Sociedades civiles, comunidades de bienes, comunidades de propietarios, etc.

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

  1. Tener domicilio fiscal en territorio español
  2. Estar considerada pequeña empresa o microempresa
  3. Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, con una antigüedad mínima de 6 meses
  4. No tener consideración de empresa en crisis
  5. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  6. No superar el límite de ayudas minimis

PLAZO DE SOLICITUDES

Desde el 10/09/2024 (11h) hasta el 30/12/2024 (11h)

CUANTÍA Y CATEGORIAS DEL BONO PYME

El importe máximo de la ayuda que podrá percibir la beneficiaria por el conjunto de servicios y soluciones de conectividad que contrate con uno o más Prestadores de Servicios adheridos y por la totalidad del período de prestación de la ayuda será de 3.000 euros, sumados los importes individuales de todos los servicios contratados. Los importes máximos individuales para cada solución son los siguientes:

  • En lo referente a la solución de «acceso a Internet de banda ancha elegible» para las subvenciones de «Bono PYME», no disponer de dicha solución en el momento de la solicitud de la ayuda ni haber dispuesto del mismo en los tres meses anteriores. En caso de que la solicitante de las ayudas ejerciera su actividad en varias sedes, el acceso únicamente podrá solicitarse para aquélla o aquéllas que no dispusieran de dicho acceso al momento de la solicitud ni hubieran dispuesto de él en los tres meses anteriores a dicho momento.
  • El número máximo de usuarios en los servicios de «Telefonía Móvil Corporativa» y «Centralita virtual» será el número de trabajadores/as acreditado

OBLIGACIONES DE ENTIDADES BENEFICIARIAS

entre otras:

Formalizar los correspondientes Acuerdos de Prestación de Servicios de asesoramiento con los Prestadores de servicios y soluciones de conectividad adheridos

OTRA INFORMACIÓN DESTACADA

  • Presupuesto: 48.000.000 euros
  • Plazo de resolución en máximo 6 meses desde la presentación de la solicitud
  • El período de disfrute de cada bono de conectividad individualmente considerado será de 12 meses, pudiendo computarse este plazo desde el día de presentación de la solicitud de la ayuda salvo en el caso de que el contrato estuviera condicionado a la concesión de la subvención.
  • El plazo de formalización de los contratos de prestación de servicios y soluciones de conectividad se iniciará el día 24/7/2024 y concluirá el 30/12/2024

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