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Ayudas al impulso de la economía circular en el sector del plástico

Ámbito geográfico: Estatal

Organismo: Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico

Modalidad: Concurrencia competitiva

OBJETO

Apoyar proyectos que contribuyan de forma sustancial a mejorar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales del sector del plástico, mejorando la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular

Quedan incluidos dentro de esta convocatoria los productos plásticos, sus elementos, componentes y productos intermedios con un contenido mínimo del 50% de polímeros plásticos, así como los residuos pre-consumo y post-consumo de éstos.

Quedan excluidos de esta convocatoria los productos y residuos de caucho, así como los proyectos cuyas actuaciones puedan ser objeto de subvención a través de la convocatoria de concesión de subvenciones para el impulso de la economía circular en el sector del textil, de la moda y confección y del calzado

PLAZA DE SOLICITUDES

Desde el día 24/06/2024 hasta el día 23/09/2024

BENEFICIARIOS

a) Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia

b) Las entidades de economía social. Estas entidades no podrán formar parte del sector público y deberán estar incorporadas en el catálogo de entidades de economía social.

c) Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social que cumplan con los requisitos del apartado b), sin necesidad de que dichas agrupaciones dispongan de personalidad jurídica propia diferente de las entidades que las compongan.

* La condición para ser beneficiario deberá mantenerse hasta finalizada la liquidación de la inversión objeto de subvención.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables las actuaciones que en el sector del plástico, reduzcan el consumo de materias primas vírgenes, reduzcan la generación de residuos y/o mejoren la gestión de residuos, contribuyendo de forma sustancial a la transición hacia una economía circular en una de las siguientes categorías:

a) Investigación y desarrollo:

–  Proyectos de investigación industrial correspondientes con la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes. Las actuaciones deberán ir destinadas al menos a una de las siguientes subcategorías:

1º.  Reducción del número de elementos o componentes adheridos al producto/ envase plástico realizados con otros materiales, maderas y gomas o polímeros plásticos diferentes de los materiales del elemento o componente mayoritario del producto/envase.

2º.  Mejora de la separación o desensamble de elementos y componentes por tipología de polímeros plásticos del resto del producto con objeto de facilitar la valorización de materiales de alta calidad.

3º.  Cambios hacia el empleo de un único polímero en el producto/envase o la fabricación de productos monocapa.

4º. Uso de nuevas alternativas para la sustitución de sustancias peligrosas

5º. Mejora de la gestión de residuos plásticos. Etc.

–  Proyectos de desarrollo experimental que integra la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados

– Estudios de viabilidad que incluye la evaluación y análisis del potencial de un proyecto


b) Digitalización para innovar en materia de procesos y organización. Las actuaciones deberán ir destinadas al menos a una de las siguientes subcategorías:

  1.  La trazabilidad de productos, sustancias, materiales y residuos para la medición, el control y seguimiento con la finalidad de alcanzar productos seguros e incrementar el volumen de reciclaje de alta calidad.
  2. Nuevos modelos de negocio basados en la servitización que favorezcan la eficiencia del uso de los recursos y reduzca la generación de residuos.
  3. Servicios de retorno de productos usados con el fin de reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos.
  4. Uso de la tecnología de impresión 3D con el objeto de, por un lado, prevenir la generación de residuos por medio de un ajuste del volumen de materiales necesarios durante el proceso de fabricación, evitando así sobrantes o recortes, y por otro, reproducir piezas de repuesto que ya no se comercializan contribuyendo al incremento de la reparación y a la lucha contra la obsolescencia.

c) Incremento del nivel de protección medioambiental. Las actuaciones deberán ir destinadas al menos a una de las siguientes subcategorías:

  1. Inversiones que reduzcan la generación de mermas y residuos pre- consumo y/o que supongan una mejora respecto a la situación actual en el tratamiento de los residuos generados por la propia entidad beneficiaria.
  2. Inversiones que reduzcan el consumo de materia prima virgen mediante el uso de subproductos o de materiales procedentes de residuos.
  3.  Inversiones que reduzcan el consumo de materia prima virgen mediante el incremento en la eficiencia del uso de materiales sin comprometer su durabilidad y reciclabilidad.
  4. Sustitución de materias primas por otras con un menor impacto ambiental demostrado basado en el análisis del ciclo de vida.
  5. Desarrollo o cambio hacia modelos de negocio basados en la servitización y/o en productos de mayor calidad y durabilidad que ofrezcan garantías de reparabilidad y reciclabilidad.
  6.  Medidas para abordar la liberación no intencionada de microplásticos.


d) Mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros. Las actuaciones deberán ir destinadas al menos a una de las siguientes subcategorías:

  1. Inversiones en sistemas e infraestructuras que mejoren la clasificación de los residuos plásticos por polímeros.
  2. Inversiones en sistemas e infraestructuras que impulsen la preparación para la reutilización.
  3. Desarrollo de sistemas e infraestructuras de tratamiento de residuos plásticos que permita incrementar y optimizar la obtención de material reciclado de alta calidad, generando nuevas materias primas que se usen en nuevos productos (se excluye el uso para combustibles).

* Las actuaciones de reciclado químico sólo serán subvencionables cuando dispongan de un factor de conversión de al menos un 50% expresado en peso de los residuos plásticos secos.

* Las actuaciones se dirigirán a obtener alguno de los resultados cuantificables establecidos en el anexo I (A consultar)

* Las actuaciones no podrán ser objeto de división artificial en diferentes actuaciones o proyectos de inversión para el incremento del importe de subvención.

COSTES SUBVENCIONABLES

  • Costes de personal dedicados exclusivamente al proyecto
  • Costes del instrumental y material utilizados durante el periodo del proyecto
  • Costes de edificios y terrenos utilizados durante el periodo del proyecto

Importe mínimo: 100.000 € por proyecto y entidad beneficiaria

Importe máximo: 10.000.000 € por proyecto y entidad beneficiaria.

Ninguna de las entidades beneficiarias podrá recibir más de 10.000.000 € por convocatoria, independientemente del número de proyectos que ejecute en cada una de ellas. En el caso de agrupaciones, cada una de las entidades miembro, deberá recibir un importe mínimo de 100.000 € de ayuda por proyecto.

INTENSIDAD

a)Actuaciones para proyectos de investigación y desarrollo:

–   Del 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial.

– Del 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.

– Del 50 % de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.

b)Actuaciones para proyectos de digitalización para innovación en materia de procesos y organización:

–  Del 50 % de los costes subvencionables en el caso de PYMEs

–  Del 15 % de los costes subvencionables si se trata de grandes empresas (empresas no PYME).

c)Actuaciones para proyectos para el incremento del nivel de protección medioambiental:

–  Del 60 % de los costes subvencionables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.

– Del 50 % de los costes subvencionables en el caso de medianas empresas.

– Del 40 % de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.

d)Actuaciones para proyectos de mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros:

– Del 55 % de los costes subvencionables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.

– Del 45 % de los costes subvencionables en el caso de medianas empresas.

–  Del 35 % de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.

  • Costes de investigación contractual, conocimiento y patentes así como los costes de consultoría destinados exclusivamente al proyecto
  • Gastos generales y otrosgastos de material, suministros y productos, que se deriven del proyecto
  • En los estudios de viabilidad serán subvencionables los costes del estudio

*A consultar los costes subvencionables atendiendo al tipo de proyecto a realizar

CUANTÍA E INTENSIDAD DE LAS SUBVENCIONES

Importe mínimo: 100.000 € por proyecto y entidad beneficiaria

Importe máximo: 10.000.000 € por proyecto y entidad beneficiaria.

Ninguna de las entidades beneficiarias podrá recibir más de 10.000.000 € por convocatoria, independientemente del número de proyectos que ejecute en cada una de ellas. En el caso de agrupaciones, cada una de las entidades miembro, deberá recibir un importe mínimo de 100.000 € de ayuda por proyecto.

INTENSIDAD

a)Actuaciones para proyectos de investigación y desarrollo:

–   Del 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial.

– Del 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.

– Del 50 % de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.

b)Actuaciones para proyectos de digitalización para innovación en materia de procesos y organización:

–  Del 50 % de los costes subvencionables en el caso de PYMEs

–  Del 15 % de los costes subvencionables si se trata de grandes empresas (empresas no PYME).

c)Actuaciones para proyectos para el incremento del nivel de protección medioambiental:

–  Del 60 % de los costes subvencionables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.

– Del 50 % de los costes subvencionables en el caso de medianas empresas.

– Del 40 % de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.

d)Actuaciones para proyectos de mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros:

– Del 55 % de los costes subvencionables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.

– Del 45 % de los costes subvencionables en el caso de medianas empresas.

–  Del 35 % de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

a) Realizar la actividad y adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la ayuda.

b) Acreditar, en los plazos estipulados, la realización de la actividad, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinaron la concesión.

c) Comunicar a la Fundación Biodiversidad, a partir de ahora FB, la obtención de cualquier otra financiación pública concurrente parcial o totalmente con los costes subvencionables para la misma finalidad.

d) Acreditar, en cualquier momento que se solicite, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

e) Acreditar, en cualquier momento que se solicite, el cumplimiento de obligaciones de presentación de cuentas ante el Registro Mercantil.

f) Acreditar la solvencia técnica requerida, entendiendo por ésta que la entidad se haya constituido, al menos, un año antes de la fecha de la convocatoria de las ayudas. Etc.

OTRA INFORMACIÓN DESTACADA

  • Estas ayudas tienen efecto incentivador, por lo que los trabajos no pueden comenzar antes de la presentación de la solicitud
  • Pago de la subvención tras la justificación de la totalidad de la inversión. Se podrán solicitar anticipos de hasta un 80%
  • Dotación de la convocatoria. 97.500.000 EUROS
  • Se admitirá un máximo de tres solicitudes por cada entidad
  • Las entidades beneficiarias deberán realizar un seguimiento de su huella de carbono

CRITERIOS DE VALORACIÓN

– Se debe alcanzar una puntuación mínima de 15 puntos sobre 30 de los criterios de valoración de la entidad/agrupación.

– Se debe alcanzar una puntuación mínima de 35 puntos sobre 70 de los criterios de valoración del proyecto.

CRITERIOS ENTIDAD/AGRUPACIÓN_30 puntos

  • Tipología de entidades
  • Políticas activas
  • Experiencia en el ámbito del proyecto presentado
  • Igualdad
  • Otros criterios sociales

CRITERIOS DEL PROYECTO_ 70 puntos

  • Calidad técnica
  • Criterio territorial y de creación de empleo
  • Capacidad transformadora
  • Contribución a los principios de la economía circular en función de la categoría
  • Contribución al principio de jerarquía
  • Soluciones integrales
  • Sinergias

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