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Subvenciones para la transición verde

Ámbito geográfico: Canarias

Organismo: Consejería de Turismo y Empleo

Modalidad: Concurrencia no competitiva / concurrencia competitiva para Administraciones públicas

OBJETO

La financiación de proyectos que contribuyan a la “Transición verde”, esto es, mejora de la eficiencia energética, el uso de energías renovables y la implantación de sistemas, redes inteligentes y equipos de almacenamiento de energía.

PLAZO DE SOLICITUDES

Desde el día 20/09/24 hasta el día 21/10/2024

BENEFICIARIOS

  • Empresas (incluidas las de servicios energéticos)
  • Particulares
  • Comunidades energéticas
  • Entidades del tercer sector

REQUISITOS PARA LAS ACTUACIONES

a) Realizar una o varias actuaciones de las establecidas que logren conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono, mediante la mejora de la eficiencia energética o la utilización de fuentes de energías renovables.

b) El proyecto deberá realizarse en la Comunidad Autónoma de Canarias.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Actuaciones del objetivo específico: RSO2.1. Fomentar la eficiencia energética y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero:

• Eficiencia energética y proyectos de demostración en pymes, grandes empresas e infraestructuras públicas y medidas de apoyo.

Actuaciones del objetivo específico: RSO2.2. Potenciar las energías renovables de conformidad con Directiva (UE) 2018/2001, sobre energías renovables, incluidos los criterios de sostenibilidad que se establecen en ella:

• Energía renovable: eólica.
• Energía renovable: solar.
• Energía renovable: biomasa.
• Energía renovable: marina.
• Otras energías renovables (incluida la geotérmica).

Actuaciones del objetivo específico: RSO2.3. Crear sistemas, redes y equipos de almacenamiento de energía inteligentes al margen de la RTE-E.

• Soluciones para el almacenamiento de electricidad. • Sistemas de energía inteligentes (incluidos las redes inteligentes y los sistemas de TIC) y su almacenamiento.

LINEAS DE ACTUACIÓN

Sector Empresas y sector residencial:

A. Medidas de eficiencia energética en edificios, tales como:

A.a. Mejora de la envolvente térmica.

A.b. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas.

A.c. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

B. Energías renovables para producción de electricidad en edificaciones, infraestructuras e instalaciones):

B.a. Instalaciones solares fotovoltaicas destinadas a generación de autoconsumo, en un máximo de 100 kW.

B.b. Instalaciones eólicas de pequeña potencia dirigidas al autoconsumo, en un máximo de 100 kW.

C. Energías renovables para usos térmicos en edificación, infraestructuras e instalaciones:

C.a. Instalaciones solares térmicas destinadas a aplicaciones de calor y frío.

C.b. Instalaciones de aprovechamiento de la energía geotérmica para aplicaciones térmicas.

C.c. Instalaciones para uso térmico de la biomasa dirigidas al autoconsumo.

C.d. Instalaciones para la transformación y/o uso térmico o autoconsumo del biogás.

C.e. Instalaciones para la transformación y/o uso térmico o autoconsumo de combustibles derivados de los residuos (CDR) o combustibles sólidos recuperados (CSR).

D. Sistemas, redes inteligentes y equipos de almacenamiento de energía:

E. Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales (reducción de las emisiones de dióxido de carbono, mediante la mejora de la eficiencia energética) (exclusivo sector empresas)

*Consultar detalles para el sector de comunidades energéticas, entidades del tercer sector y sector público

*En actuaciones de eficiencia energética y producción de electricidad con fuentes renovables sobre los edificios el tamaño del proyecto deberá ser suficiente como para suponer la mejora de la calificación energética del edificio y/o vivienda en, al menos, una letra con respecto a la calificación energética inicial. Al menos se ha de obtener de una reducción de un 30% de las emisiones directas e indirectas de gases de efecto invernadero en comparación con las emisiones previas.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • La elaboración por el técnico competente de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones
  • Los costes de dirección facultativa de obra y de ejecución de la obra civil asociada a la actuación
  • Adquisición de equipos y materiales,
  • Montaje de las instalaciones,
  • Auditorías
  • Certificados de eficiencia energética.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

Máximo de subvención por proyecto y por beneficiario: 90.000 €

En el caso de administraciones públicas, consultar.

*En la línea de actuación de eficiencia energética se establecerá el siguiente valor de inversión mínima para los sectores que se indican:

INTENSIDAD DE LA AYUDA

Porcentajes máximos de subvención sobre el coste subvencionable:

  • Comunidades de Propietarios y Comunidades Energéticas: 60%
  • Particulares y Entidades del tercer sector: 50%
  • Pequeña empresa y microempresa: 45%
  • Mediana Empresa: 40%
  • Gran Empresa: 30%
  • Ayuntamientos: 45%
  • Cabildos: 45%

OTRA INFORMACIÓN DESTACADA

  • La dotación económica para estas subvenciones es de 4.220.923 €
  • El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión será de seis meses contados desde el 19/09/2024
  • Las inversiones subvencionables, para las actuaciones en el sector residencial, sector administraciones públicas y entidades del tercer sector deberán iniciarse con posterioridad al 01 de enero de 2024 y no haber sido finalizadas antes de la solicitud de la subvención
  • En el sector empresas y comunidades energéticas, dado el carácter incentivador de las ayudas, no se podrán haber iniciado las actuaciones antes de la presentación de la solicitud
  • El abono del 100% de la subvención será anticipado
  • El plazo de realización y justificación será de 1 año a contar desde la publicación de la resolución de concesión definitiva
  • Cuando un solicitante vaya a ejecutar varias líneas de actuación se deberán presentar solicitudes separadas para cada actuación, con memoria detallada y presupuestos separados para cada una de las actuaciones.
  • Se presentarán mínimo tres ofertas de diferentes proveedores cuando la factura supere los 15.000 euros

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